Por Juan Pablo Oliver
Los fines
esenciales de la política no son de orden económico. Si nuestra mentalidad
cristiana condena la subordinación de la conducta individual a resultados
lucrativos, nuestra conformación latina e hispana repele con igual vigor el
propósito de reducir las actividades del Estado a fines puramente utilitarios
traducidos en su enriquecimiento o en el del elemento humano que lo constituye.
Lo esencial es el triunfo de la Idea Nacional, el engrandecimiento de la
Nación, mediante la integración de sus porciones naturales y la exclusión de
factores extraños en la determinación de su destino; y la medida en que se
logre o no el triunfo de ese anhelo lo estará señalando el resultado de nuestra
vida en relación con los demás pueblos de la tierra. Es por eso que la
organización interna del país, sea económica, política o social, no es más que
la adecuada conformación de medios que permitan cumplir aquel propósito.
No es aquí del
caso –estaría fuera de mi alcance–, desarrollar una filosofía o una teoría de
la política económica mantenida en un determinado período de nuestra historia,
pero he querido dejar pre-anotados aquellos conceptos, pues de su comprensión
depende el juicio que en definitiva merezca Rosas ante los problemas económicos
que le tocó resolver durante su gobierno.
Quien esté
conforme en que lo principal es la independencia de la patria y no su
opulencia, convendrá que la política de Rosas fue loable; quien intente
reprocharle haber retardado la instalación de ferrocarriles, bancos y cuanto
constituye el llamado “capital europeo” –aún cuando el apresuramiento de su
instalación hubiera implicado convertirnos en una factoría o protectorado
colonial–, podría tener razón en censurar su conducta; es evidente que la
India, Argelia y Etiopía han recibido los beneficios económicos de la
civilización inmediatamente después de su conquista.
“Podría” tener
razón –he dicho– pues con Rosas no llega a cumplirse la disyuntiva, ya que si
bien no puede caber duda en que aseguró la emancipación y mantuvo la integridad
del país en un grado que no supieron conseguirlo sus adversarios, en el manejo
de los intereses puramente económicos obtuvo –también– resultados infinitamente
más positivos que los logrados por los hombres que hasta hoy detentan el
acaparamiento oficial de las estatuas.
Su recia
personalidad se destaca como la del grande hombre de estado argentino cuya
política financiera y económica ajustada a los ideales superiores de
independencia y unidad nacional nos está indicando, a través de un siglo, el
camino a retomar.
Los distintos
aspectos de la acción económica de su gobierno es motivo asaz extenso para
permitir –en un artículo de esta índole–, reseñar los hechos que, por
consideración científica, han de venir necesariamente acondicionados al
elemento probatorio de documentos, transcripción de juicios, cifras, citas y
estadísticas. A mérito de la extensión, pues haré, en lo posible, gracias al
lector de la reseña y sus comprobantes, y también porque prudentemente me lo
está indicando la aridez del tema, y hasta por último, quizá, porque un resabio
abogadil recuerda a los que no somos historiadores ni hombres de pluma, que en
materia de procedimientos el período de prueba es posterior y separado de la
tesis expuesta. Con esta advertencia –la de que puedo, llegado el caso,
fundamentar acabadamente cada afirmación– intentaré bosquejar las
características económicas salientes, de aquel período.
* * * *
Desde luego que la
presentación de la época de Rosas, modelada con elementos de novela para las
sucesivas generaciones bajo el rótulo oficial de “Historia”, no ha exceptuado
de su anatema la parte económica. Si alguna excepción cabe apuntar es el
reconocimiento, parco y a regañadientes, de la honradez personal del
gobernador; lo límpido de su actuación ofrecía tan evidente contraste con otras
anteriores y posteriores, que no brindaba, mal pesare a sus críticos, ni
posibilidad de disimularlo, ni el mas leve resquicio para clavar el dardo de la
calumnia. Aceptar por otra parte, dentro de un cuadro de acabada condenación,
la honradez intrínseca de Rosas ante los caudales públicos, no contradecía la
pintura de caudillejo ignorante y sanguinario con la cual se ha pretendido
embaucar a la posteridad. De cualquier manera es bueno dejar consignado, no su
honradez personal que no interesa –como no interesa la de algunos de sus
adversarios que también la tuvieron– sino el caso único en el país de un
período de veinte años de absoluta escrupulosidad administrativa, circunstancia
a la cual –como ocasión de anotarlo el crítico antagonista Agustín de Vedia en
“El Banco Nacional”– no ha de ser ajena la constante adhesión popular a su
gobierno.
Los historiadores
que, sin recurrir al expediente de saltar del año 29 al 52 llenando el vacío
con las rituales cuatro palabras “tiranía”, “libertad”, “despotismo” y
“ostracismo”, se han aventurado en el campo de la economía a fundamentar una
crítica, la concentran a los cargos siguientes:
1° Las
confiscaciones.
2° El emisionismo.
3° El “corte
feudal” de su economía.
4° Ausencia de
toda “reforma” administrativa.
I.- CONFISCACIONES
El infundio de que
“toda la fortuna privada (del país) subvenía a los gastos generales por medio
de 'auxilios' o sea exacciones de toda especie que pesaban como sobre un país
conquistado, sin derecho a la propiedad inmueble, móvil o semoviente, además de
las emisiones y de las confiscaciones de los salvajes unitarios” se le debe en
primer lugar al General Mitre a quien pertenecen las palabras transcriptas y ha
sido repetido en todos los tonos por aquellos a quienes resultaba grato
cobijarse al abrigo de su diario. Don José A. Terry de conocida filiación y
actuación unitario –mitrista, pero ante todo profesor de finanzas–, se ha
encargado de desmentir al General en sus propias hojas, naturalmente con la
cautela que en las condiciones anotadas podía hacerlo ("La Nación",
25 de Mayo de 1910, juicio transcripto en su tratado de “Finanzas”, 2° edición,
pág. 442).
La imputación
pretende basarse en que a raíz de las depredaciones y asolaciones que “como
sobre un país conquistado” llevó al General Lavalle al Norte de la Provincia en
el año 40, el gobierno se vio en la necesidad de decretar (16 de septiembre)
que los cómplices del General amotinado responderían con sus bienes a los
perjuicios que con su actitud podrían causar a los intereses particulares y del
fisco; a los efectos de asegurar eventualmente su responsabilidad fueron
“clasificados” aquellos que reconocidamente secundaban a Lavalle, adoptándose,
así, el mismo procedimiento que éste había llevado a la práctica con los
federales en 1829. El decreto no pasó de una pública advertencia y en realidad
no constituía más que eso, ya que la legislación de la época, como la actual
(Cód. Civil, art. 1109), sienta la obligación de responder con los bienes
propios a los perjuicios causados por culpa a terceros. Aparte de unos pocos
embargos precautorios y temporales no hubo un solo decreto de confiscación
individual y es sabido que cuando después de Caseros se llamó públicamente a
los confiscados a efectuar sus reclamos se presentó un solo recurrente cuya
pretensión fue rechazada. Más aún: cuando en cumplimiento del referido decreto
del Directorio del Banco de la Provincia llevó a conocimiento del Gobierno la
lista de los depósitos pertenecientes a los clasificados, el Gobierno ordenó se
hiciera entrega del monto a sus titulares o apoderados y se cancelaran las
cuentas (Casarino N. “Historia del Banco de la Provincia”, pág. 76). Apelo al
testimonio de los descendientes de unitarios, a que declaren si es cierto de
que alguna vez sus antecesores “tuvieron necesidad de obtener” la devolución de
sus bienes. Si algo hay que reprochar a Rosas en la emergencia, es la lenidad
con aquellos que no trepidaron en entrar en inteligencia y recibir “auxilios
pecuniarios” del extranjero con quien el país estaba en guerra.
II.- EMISIONISMO
La “furia
emisionista”, los “gastos extraordinarios”, el “déficit crónico” son otras
tantas imputaciones que de financistas baratos ha merecido el sistema mediante
el cual consiguió Rosas arbitrar, con todo éxito, los recursos necesarios a su
pensamiento de gobierno.
Aclarado que la
“furia emisionista” representa los “gastos extraordinarios” y que éstos son la
causa del “déficit crónico” la trinidad de cargos se reduce al primero.
¡Emisionismo! La palabra parece terrible y el hecho es cierto. En efecto, la
emisión alcanzó durante los 22 años de gobierno de Rosas (incluido el período
federal del 32 al 35) a 110 millones de pesos en números redondos. Desde luego
que emisión de papel moneda inconvertible; igual que hoy. Pero –se observará–
entonces no se contaba con un respaldo o cobertura metálica guardada en un sótano.
El hecho también es cierto; nuestro oro, gracias a los esfuerzos sucesivos de
Beresford y de Rivadavia había ido a engrosar la reserva que en aquélla época
se ocupaba de acumular el Banco de Inglaterra. ¿No tenían entonces respaldo o
garantía las emisiones? Tenían el respaldo de una emisión proporcionadamente
mayor de fondos públicos que, pagándose puntualmente a su vencimiento, llegaron
a cotizarse a la par. Como con ello decreció el interés de los tenedores para
presentarlos a la Caja de Amortización que al efecto había organizado Rosas, a
fin de que no quedaran improductivas las sumas asignadas a la amortización se
destinaron al descuento del Banco y Casa de Moneda de la Provincia (1848). Las
quemas periódicas de papel moneda –su mejor garantía– coadyudaban a evitar su
desvalorización; la confianza en el gobierno emisor hacia el resto permitiendo
cumplir así, el desiderátum financiero de “regular la cantidad de crédito y de
los medios de pago, adaptándolos al volumen real de los negocios”.
Este sistema de
respaldar el papel moneda con títulos públicos es un procedimiento clásico en
finanzas: la contiene, entre otras cláusulas la Ley de Reserva Federal de E. E.
U. U. de 1913, “Governement bonds” y “Governement securities”.
Pero así y todo
podría discutirse la bondad del sistema en épocas normales cuando los recursos
ordinarios deben cubrir, en principio, el presupuesto de gastos y cabe
consignar que Rosas se ajustó a la heterodoxia financiera más estricta, pues de
los años 29 al 37 y 49 al 52 no “emitió” ni hubo “gastos extraordinarios” ni
“déficit crónico”. Pero el cargo de “emisionista” que se le formula no sólo es
reprobable desde el punto de vista científico, sino también el patriótico,
cuando se recapacite que las finanzas de Rosas fueron en general finanzas de
guerra, desarrolladas con admirable eficacia (del año 37 al 49) (1).
Ante el riesgo de
convertirnos en 16 republiquetas, ante el ataque exterior en combinación con la
sublevación interna, ante el bloqueo de nuestros puertos cegando la única fuente
de recursos fiscales, ante el hundimiento de nuestros barcos, el bombardeo de
nuestras poblaciones y el intento de reducirnos a una segunda Argelia o una
anticipada Cochinchina ¿qué debió hacer Rosas? ¿aceptar el protectorado inglés
o la “influencia permanente de la Francia”? ¿o defender victoriosamente nuestra
soberanía –como lo hizo–, aún cuando para ello se viere forzado a emitir un
centenar de millones de pesos?
¿Qué acaban de
hacer las “naciones civilizadas” que cuentan con Bancos Centrales centenarios,
Universidades de Ciencias Económicas, industrias poderosas, colonias, aliados y
ricos y crédito exterior? El primer día de guerra (2-9-1939) Francia ha emitido
92.000 millones de francos; Alemania aumenta en un cuarto su circulación
fiduciaria mediante emisiones de “Retenmarks” e Inglaterra lanza a la
circulación 500 millones de libras; pero cuando hace 100 años en circunstancias
aún más graves –como que nos iba con ello nuestra independencia– apeló Rosas al
mismo método, resulta tachado de déspota, bárbaro e ignorante.
Agreguemos, para
terminar con este punto, que si los gobiernos del 29 al 52 durante 22 años
emitieron 110 millones de pesos, los gobiernos del 52 al 61 durante 9 años
emitieron 275 millones de pesos.
Confrontar con:
Casarino Nicolás “El Banco de la Provincia", 1923. páginas 56 y 97; A. de
Vedia "El Banco Nacional", 1889, pág. 486 y sigts.; Garrigós O.
"El Banco de la Provincia", 1873, página 252; Hansen E.
"Historia de la Moneda", 1916, página 344. Registro Oficial de la
Provincia, 1822.1862.
III.- FEUDALISMO
Esta calificación
aplicada al sistema económico de Rosas es de reciente data; sus inventores son
los neo-historiadores de izquierda –hoy comunistas vergonzantes– que en su
posición de dar la espalda incluso al país y vivir prestados de lo extranjero
son dignos continuadores de la escuela unitaria (2). Al aplicar el término
“feudal” –de por cuyo antipático– a la economía agraria argentina en general y
a la de Rosas en particular, consiguen, sin duda, desahogar una natural
malquerencia judaica contra el concepto cristiano del contacto con la tierra y
atacar de paso, con baja demagogia ciudadana, la manifestación más noble de la
economía argentina y a su genuino representante, Rosas, cuya popularidad les
inquieta. De esta manera, además, permanecen fieles a su conocida táctica de
emplear calificativos sistemáticos que, en razón misma de quitar precisión al
pensamiento, resultan eficaces para captar mentalidades primarias, de corte
“periodístico” o “ cinematográfico”, diríamos, siempre pegadas de actitudes o
frases hechas.
Leemos, así, a
cada paso frases como estas: “…feudalismo criollo de los estancieros de horca y
cuchillo…”, “…la reacción feudal de Rosas, continuadora de sistema económico
colonial”, etc., etc.
Si entretanto, los
que tales cosas escriben, consultaran cualquier diccionario o texto elemental
de historia medioeval, aprenderían cómo el concepto “feudalismo” responde en lo
político a fragmentación de la nacionalidad; lucha del localismo contra la
monarquía centralizante; y preeminencia de intereses aristocrático; y en lo que
al económico respecta: a desigualdad social y tributaria; superposición de
gravámenes inmobiliarios, y usurpación de los derechos de soberanía por los
propietarios del suelo. ¿Cómo puede honestamente, entonces, aplicarse dicho
consejo al régimen de España en Indias –como lo hacen– cuando fue; monárquico,
de legislación uniforme y de economía general mercantilista? Por lo que atañe a
la política de Rosas y cuanto él representara, fue la antítesis misma del
feudalismo, a saber: férrea unidad nacional; régimen legal igualitario con
preeminencia de hechos del elemento popular; adjudicación del suelo en plena
propiedad, e imposición estricta de la ley superior del estado a los
propietarios territoriales, como sucedió en forma violenta con los llamados
hacendados o estancieros del Sur.
IV.- AUSENCIA DE
REFORMAS
A los efectos de
un discernimiento histórico, es condición previa resolver si hasta para la
atribución de méritos la simple alteración de un estado cualquiera de cosas, la
reforma intrínseca, o si es necesario inferir el juicio favorable de la pureza
de la intención que provocó la reforma y en manera principal de la bondad de
sus consecuencias. Porque bien podía suceder que las “reformas” (nos atenemos
al concepto de alteración legislativa que le venimos dando) lejos de ser
atributivas de méritos constituyen, por el contrario, condenaciones de una
actuación política, y como, en cambio, el haber sabido limitar su aplicación a
oportunidad de tiempo y medio, demuestren condiciones de sensatez y dotes de
buen gobierno. Pero en vez de resolver esta cuestión con especulaciones
teóricas, es preferible remitir al lector a algunos ejemplos económicos de
nuestra historia.
Desde los tiempos
de la escuela primaria se nos viene inculcando la veneración a los…”héroes
civiles autores de geniales reformas”. Se lleva la palma Bernardino Rivadavia
quien, debido a su espíritu reformador, se ha ganado indiscutiblemente algo así
como el campeonato de próceres.
Del año 21 al 27,
secundado por la camarilla del Estado Mayor Unitario, reformó, innovó,
transformó, cambió sin necesidad administrativa ni política todo el régimen
existente, producto de la experiencia y observación de siglos, por la imitación
de las últimas novedades expuestas en París, Madrid o Londres, aquí por fuerza
destinadas al fracaso. Estos “snobs” de la política eran los que hacían
exclamar al Padre Castañeda:
“Diga yo novedades
/ aunque profiera mil barbaridades / ¡Dale que dale! / La pura novedad es lo
que vale”
Pero el fraile
también los apostrofaba como “sicofantas devotos de la pasta dorada”. En
efecto, no fueron las reformas producto exclusivo de la candidez: la creación
del Banco de Descuentos en 1822 transformado en 1827 por la Presidencia en el
llamado “Banco Nacional” y que no fue ni banco ni nacional, sino una entidad
emisora de billetes dirigida por “capitalistas” británicos, quienes no
aportaron ningún capital, constituyó la base de un comercio de hombres de negocios
extranjeros y hombres de gobierno negociantes, vinculados en su fundación y
giro a escandalosas especulaciones en que –sin hipérbole– la traición y el
despojo al país se daban la mano. No exagera Rosas cuando en el mensaje de 1836
hace el proceso de esa entidad.
Otra innovación
fue el primer empréstito exterior (Baring Brothers y Cía., de Londres
–1.000.000 £– en 1824) que, contratado innecesariamente y en condiciones
deprimentes y peligrosísimas para la soberanía del país, representó el drenaje
de su riqueza hasta la cancelación en 1904, después de haber entregado una suma
cerca de veinte veces superior a la efectivamente recibida.
D. Vicente F.
López, nos refiere amenamente (T. VIII, pág. 401 y sigts.), la intervención que
cupo al Ministro Rivadavia en la negociación “pro-domo-sua” de las minas de
Famatina a la Casa Hullet Hnos., de Londres y la vinculación de esta “reforma
monetaria” a su elección presidencial.
El juicio que me
he limitado a consignar es pálido comparado al que surge de la exposición
objetiva y detallada de las operaciones aludidas; los incautos a quienes se les
hace la boca agua ante las “novedades financieras” del grupo rivadaviano corren
a cada momento el riesgo de incurrir en la apología del delito. Fue justamente
un convencimiento de la venalidad de las esferas gubernativas a quienes se
acusaba de “vender al país”, el que inspiró muy principalmente el alzamiento
popular del año 27 dando al traste con el gobierno presidencial (ver A. Lamas
“Rivadavia”, Capítulo III). Sube Dorrego al gobierno, quien anuncia
públicamente el enjuiciamiento de los implicados en aquellos escándalos;
entonces estos lo mandan fusilar (3).
Volvía el caos. La
República en guerra civil y al borde de la disolución; la guerra exterior
triunfante en batallas y perdida desde el gobierno y con ella la provincia más
típicamente argentina; una crisis financiera sin precedentes y desguarnecidas
las fronteras los indios llegaban a las puertas de Buenos Aires asolando la
campaña. Las “reformas” habían producido su fruto.
* *
* *
El país estaba
ahito de reformas y Rosas no era hombre de novelerías. Reconstruyó lo que otros
habían destruído. Impuso orden y temor a la ley. Conquistó el desierto. Contuvo
la disgregación nacional y defendió con celo su soberanía. No fue el
“visionario genial” que de espaldas a su patria interrogaba al Palais Royal o a
Lombard Street; fue –sencillamente– la Argentina rigiendo sus destinos.
No fue autor de
reformas fracasadas con daño al país o que a lo sumo se pasaron del asiento en
registros oficiales para futuro alborozo de historiadores crédulos; fue el
gobernante poseído del sentido de la realidad que sin adaptaciones exóticas
supo cumplir su propósito político perfeccionando la administración, reformando
cuando lo demandaban exigencias positivas, creando instrumentos aún hoy útiles
al cuerpo social. La índole de estas líneas sólo permite algunas referencias
esquemáticas, pero suficientes para demostrar el NACIONALISMO ECONOMICO
observado durante su gestión gubernativa.
El llamado “Banco
Nacional”, expirado su término, fue disuelto por el Decreto del 30 de mayo de
1836 con términos tan lacónicos como exactos: “Considerando… que la Carta del
Banco Nacional ha terminado, que la moneda corriente está exclusivamente
garantizada por el Gobierno, quien es deudor de ella al público; que el Banco
sólo ha prestado al Tesoro del Estado la estampa de sus billetes y que el
Gobierno es accionista del establecimiento por casi tres quintas partes de su
capital con otras consideraciones demasiado notorias de las que el Gobierno no
puede ni debe prescindir, ha acordado y decreta: Artículo 1° –Queda disuelto
desde esta fecha el Banco Nacional”.
A continuación se
organiza en su reemplazo una nueva entidad de Estado, el actual BANCO DE LA
PROVINCIA, institución netamente argentina que en marcha ascendente atendió con
eficacia las necesidades del comercio, de la industria y la política financiera
del Gobierno. La ley del año 1848 completó su giro permitiendo a esta entidad de
comienzos modestos, pero seguros, llegar a ser “el coloso del ahorro
provincial”, “el arcasanta de nuestros destinos financieros” (Mitre). El Banco
de la Provincia atesora hoy millones, levanta rascacielos, reparte dividendos
sólidos, y por aquel desierto donde moraba el salvaje establece sucursales para
atención de florecientes poblaciones, pero en este país pródigo en homenajes ni
una placa recuerda el nombre de su fundador D. Juan Manuel de Rosas, de su
colaborador D. José María Rojas o de su primer presidente D. Bernabé de
Escalada.
Al comenzar el
sistema monetario nos hemos referido al CREDITO INTERNO cabe agregar como caso
posiblemente único en el país que el gobierno de Rosas no dejó deudas
apreciables a sus sucesores (4). En cuanto a la DEUDA EXTERIOR hipotecaria
dejada por Rivadavia con el empréstito Baring Brothers, Rosas denunció de hecho
las garantías desdorosas a la soberanía del país como veremos al tratar de la
tierra pública; tocante a la obligación principal, convino “transar” con Baring,
vale decir, que sin desconocer la deuda o negarse sencillamente al pago, buscó
en la emergencia un “arreglo” decoroso, con el acreedor, a la manera como un
buen padre de familia procede con el usurero en cuyas garras ha tenido la mala
suerte de caer el hijo tarambana que lleva su nombre: devolver lo recibido pero
no prestarse a la exacción. No es otra cosa el arreglo convenido con el
representante de Baring, señor Falconnet, en 1844, fruto de una diestrísima
política en que la tenacidad y entereza de Rosas ante los avances europeos no
fue, indudablemente, el factor que jugó menos importancia en la decisión de los
prestamistas a aceptar el “arreglo” descartando el azar de perderlo todo.
Estamos pues, en presencia de la primera conversión externa, que registra
nuestra historia financiera; conversión forzosa, se argüirá; admitido, pero no
por eso menos brillante para los intereses del país, ni menos justa, vistas las
condiciones usurarias de su contratación. Y los señores Baring que a cambio de
27.083 $ fts. mensuales acordados por Rivadavia, recibirían sólo 5.000 $ fts.
mensuales, nos testimoniaron públicamente su agradecimiento.
Pero este
“arreglo” –hábilmente estipulado en forma que disimulase la renuncia de
exigencias por parte del acreedor–, constituyó, además, un arma eficacísima en
manos de Rosas durante los conflictos mantenidos posteriormente con Inglaterra,
ya que mediante la oportuna suspensión o reanudación de los pagos mensuales,
conseguía servirse en Londres de los señores Baring como dirigentes colaboradores
de su política ante la corte de Saint James. Y no se nos venga con el socorrido
argumento que paraliza en el gobierno desde hace 100 años toda conducta
gananciosa al país; de que actitudes como la de Rosas “pueden redundar en
perjuicio de nuestro crédito exterior”, o que podrían “ocasionar dificultades y
menoscabo para el país”. En materia de relaciones internacionales sólo valen
las posturas firmes como muy pronto, en 1849, lo demostró la conclusión del
tratado Arana-Southern, el más honroso de nuestra historia, por el cual
Inglaterra se obligó a levantar el bloqueo renunciando a todas sus pretensiones
en el Plata incluso la impertinente “libertad de los ríos”, hecho lo cual,
Rosas, por su parte, reanuda puntualmente los pagos a Baring Hnos., quienes de
nuevo nos dieron encarecidas gracias. (Ver “Bono del Préstamo”, etc., y
Decretos de Rosas, en José B. Peña, “Crédito Público”, 1907, t. II, págs. 381 y
siguientes).
Vino Caseros y los
papeles se trocaron: los ríos argentinos fueron entregados incluso los derechos
de soberanía sobre Martín García, se renunció a la Provincia del Paraguay, se
pagaron indemnizaciones a los súbditos extranjeros, se pagó, en fin, cuanto
quisieron los señores Baring, y aún hoy les seguimos manifestando nuestro profundo
agradecimiento.
En cuanto a la
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA, Rosas echó las bases que hasta ahora mantiene el
Ministerio de Hacienda de la Provincia: separó la Colecturía (Dirección de
Rentas) de la contaduría y quitó las funciones de tesorería general al Banco,
erigiéndola en Departamento separado dentro del Ministerio de Hacienda (5). En
materia de CONTABILIDAD, su calidad, exactitud y publicidad llegan al exceso:
diariamente la Gaceta Mercantil publica el estado de la Tesorería y
mensualmente las informaciones de la Oficina de Estadísticas. En los mensajes a
la Legislatura, leídos puntualmente el 1° de enero, se expone el presupuesto de
gastos, recursos a base del ejercicio anual cerrado el 31 de diciembre anterior
a las 5 pm. y la Legislatura se entrega de lleno a revisar, observar o rechazar
las cuentas presentadas, pues la suma del poder público acordada al Gobernador
por razones políticas excluye la parte financiera. Hoy día contamos con toda
una constitución escrita cuyo artículo 67, inc. 7° impone aquellos mismos
deberes al Congreso, pero nadie para en cuentas administrativas ni
constitucionales.
Nuestro SISTEMA
IMPOSITIVO se ha basado hasta hace muy poco en las entradas de la Aduana; Rosas
en su reforma (sic) del año 1835, apartándose de un criterio puramente fiscal
introduce una debida protección de la competencia extranjera tendiente a crear
condiciones propicias al arraigo de industrias manufacturadas; por primera vez
se habla en documentos de gobierno de las atenciones que requiere una “clase
media” apta para atender las necesidades de la industria; se arbitran medios
para la formación de “artesanos hábiles”, para la creación de una marina de
cabotaje, para la formación de “prácticos en plantíos y demás faenas del
campo”, etc. Además de los aduaneros fueron creados y aumentados otros
arbitrios, principalmente y en grado elevado el impuesto al capital llamado
Contribución Territorial, medida a la que no fue ajeno la sublevación de
algunos estancieros del Sud, que si por alguna “libertad” lucharon fue por la
de no pagar impuestos.
TIERRAS. Si a
alguien otorgamos suficientes facultades para administrar nuestros bienes
privados y los hipoteca a un préstamo innecesario y ruinoso, y de yapa no
recibimos el importe del préstamo, merecerá sin duda, como adjetivo más
benévolo, el de “mal administrador”.
Rivadavia
administrador público hipotecó todas las tierras e inmuebles del Estado y
además otros valores, a aquel comentado préstamo Baring Brothers, y por cierto
no fue una “garantía lírica” como no ha dejado de calificarla alguno de sus
panegiristas, pues no caben los lirismos dentro de las hipotecas y esta fue tal
en cualquier acepción del término. Rivadavia llegó así. Al “régimen de la
inmovilización de la tierra pública” con la necesaria consecuencia de la
implantación de la “enfiteusis”, sistema al que correctamente corresponde
–ahora sí– el calificativo de feudal. Las medidas legislativas posteriores con
sus correspondientes debates, muestran a esa garantía hipotecaria del
empréstito, flotar como una pesadilla sobre cualquier tentativa de organizar el
régimen inmobiliario del Estado; los constitucionalistas del 53 que
pomposamente encomendaron al Congreso, “disponer del uso y de la enajenación de
la tierra de propiedad nacional” (Art. 67, inc. 4°), debieron sin duda,
recordar bien pronto aquel principio del derecho civil que prohibe al deudor
disponer de sus bienes sin permiso del acreedor hipotecario, cuando el cónsul
inglés Woodbine Parish, en representación de los acreedores del préstamo Baring
Brothers, protestó ante el gobierno de Buenos Aires por algunas ventas de
tierra que éste acababa de efectuar, (Cám. de Dip. Nac. Sesión del 21 de
octubre de 1869. Diputado Mármol).
Pero esa caución
hipotecaria, a la verdad, no trabó a Rosas en su política económica. Como Jefe
de una nación soberana, y no de una factoría, denunció de hecho aquella
cláusula interdictoria, mediante la derogación definitiva del régimen
enfitéutico (1836), que no dejó al país consecuencia alguna excepto aumentar el
latifundismo a raíz del acaparamiento y agio de la tierra pública. El nuevo
régimen legal que se instaurara es el de adjudicar en plena propiedad “a los
hijos de la provincia y a los avecindados en ella naturales de la República” y
de preferencia “a los de familia humilde” suertes de estancias tomadas de las
tierras del Estado sin más condición que la de afincarse en ellas, poblarlas y
trabajarlas. No ha faltado quien criticara a Rosas “haber establecido las
mercedes de las tierras del Estado a los nativos con excepción de los
extranjeros” así como las disposiciones de la ley del año 35 en virtud de las
cuales se distribuyeron parte de las tierras recién conquistadas a los
salvajes, entre los soldados y jefes expedicionarios. Es su mayor mérito y no
concebimos a un argentino pensando lo contrario. En definitiva: “Rosas fue el
único que repartió realmente la tierra entre los pobladores de la campaña”
(Juan B. Justo, “La Teoría científica de la Historia”, Buenos Aires, 1896,
página 36), satisfaciendo a su tiempo un designio acerca del cual hoy estamos
en mora.
COMERCIO
INTERNACIONAL. El gobernador Juan Manuel de Rosas sólo legisla para la
Provincia de Buenos Aires, pero sus medidas de gobierno como expresión de los
principios del partido federal, encuentran eco por lo general adoptados por los
otros gobiernos confederados. Como director de las Relaciones Exteriores y en
cumplimiento del Art. 4 del Pacto Federal queda a su cargo cuanto atañe al
comercio internacional de la República; se celebran tratados de comercio y
amistad con todas las naciones del orbe, e incluso Francia e Inglaterra
–reconocía nuestra soberanía en 1849– mantienen un activísimo intercambio no
superado en muchos años.
El régimen
nacional de los ríos, a la par que asegura la soberanía de la provincia alzada
del Paraguay, permite sentar las bases de lo que “hubiera podido” ser nuestra
marina mercante. La vigilancia de las aduanas exteriores, además de las razones
fiscales y económicas anotadas, constituye un eficaz recurso de unidad
nacional, lo cual desespera a Sarmiento en Chile (1845) impulsándole a dirigir
apremiantes requisitorias al gobierno de ese país a fin de que adopte las
medidas necesarias para impedir a las provincias de Cuyo “caer bajo el poder
del gobernador del puerto de Buenos Aires” (Tomo IV, Obras completas, Pág..
316).
INDUSTRIAS. Aparte
de su acción gubernativa, ha sido Rosas el gran industrial argentino de la
primera mitad del siglo pasado y –sin ponderación– el verdadero fundador de
nuestra moderna industria pecuaria; su saladero “Las Higueritas”, en Quilmes
fue el primer establecimiento dedicado en la provincia al beneficio intensivo
de los productos de ganadería y salazón de pescado, y a la exportación
efectuada desde los puertos del Tuyú y de la Ensenada, gran parte en los mismos
barcos de Rosas, no fue superada en el país hasta que el invento de Tellier en
1879, permitió la aplicación industrial del frío. Hoy los argentinos proveen la
materia prima, carne, como los nativos de Ceilán proveen el caucho y los del
Congo el marfil, pero la industrialización, el transporte y la colocación en
los mercados consumidores corresponde a empresas extranjeras en cuyas manos
queda el mayor porcentaje de las ganancias; hemos retrocedido, así, a una
organización económica tipo factoría.
(Publicado en
1939)
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