el primer gobernador
constitucional de Córdoba
Por: Cultura Cba, 25 de Marzo de 2020
Con motivo del Bicentenario
del primer Gobierno Provincial, desde la Agencia Córdoba Cultura hacemos un
repaso por la vida de este prócer que luchó contra la invasión británica, forjó
la Independencia nacional y encabezó una etapa crucial en la construcción de la
soberanía de Córdoba.
Juan Bautista Bustos nace en
el Valle de Punilla, en Córdoba, el 29 de agosto de 1779 y muere el 18 de
septiembre de 1830 en Santa Fe.
1ra
parte: Provincia de Córdoba, libre y soberana
“Su aparición en el escenario público data de
la época en que tuvo lugar la primera invasión inglesa (1806), en que nuestro
prócer tenía 25 años de edad. Conocida en Córdoba la audaz agresión británica,
que tan vivamente hería los sentimientos de fidelidad hacia la monarquía y las
creencias religiosas de todos los pueblos del virreinato, el cabildo resolvió
el reclutamiento y envío de tropas hacia la metrópoli”, narra Leopoldo Velasco
en “Juan Bautista Bustos y los comienzos del Federalismo”.
Poco falta para el período
de la emancipación en el que Bustos tendrá una actuación sobresaliente en el
orden político y militar. En reconocimiento a su desempeño, el virrey Santiago
de Liniers certificará que Juan Bautista Bustos se ha distinguido “tanto en las
fatigas y esmero por disciplinar e instruir militarmente a la compañía de su
mando cuanto a la liberalidad y erogaciones que impendió de su peculio y con
ahorro de los Reales intereses para uniformarla; todo ello en fuerza de su amor
al Real Servicio y a la Patria”, según una carta reproducida en el libro “Juan
Bautista Bustos. Una aproximación a su obra a través de los documentos”, una
publicación de la Secretaría de Cultura de la Provincia de Córdoba que reproduce
documentos de Bustos.
Desobediencia anunciada
En septiembre de 1819, el
general Manuel Belgrano cede a Francisco Fernández de la Cruz el cargo de
general del Ejército Auxiliar del Perú. Luego visita a su pequeña hija, Manuela
del Corazón de Jesús, nacida en Tucumán en mayo de ese año, y regresa a Buenos
Aires, donde fallecerá el 20 de junio de 1820.
La entrega del mando del
Ejército Auxiliar tiene lugar en un sitio histórico muy importante para
Córdoba, como es la Capilla de Pilar. El oratorio es uno de los lugares que
integran el conjunto de bienes culturales de la provincia. Recientemente, la
capilla fue objeto de una profunda obra de restauración a cargo del Gobierno de
Córdoba.
Un paso hacia la autonomía
Un acendrado sentimiento
nacionalista congenia con un encendido afán por la liberación de los dominios
españoles en América. Con el mismo patriotismo que Bustos combate la sombra del
imperialismo británico, participa en el Cabildo Abierto de 1810, que destituye
al virrey Cisneros y crea la Primera Junta de Gobierno.
La postura de Bustos en
favor de la unidad nacional choca con la intensión del poder central con asiento en Buenos Aires de
utilizar el Ejército Auxiliar del Perú para reprimir conflictos con provincias
hermanas, Santa Fe y Entre Ríos. En ese trance, el oficial del Ejército del
Norte es capaz de desobedecer una orden del Director Supremo de las Provincias
Unidas del Río de la Plata, José Rondeau, en el sentido de defender a Buenos
Aires de un ataque de Estanislao López y Francisco Ramírez, caudillos de Santa
Fe y Entre Ríos, respectivamente.
En efecto, la noche del 7 de
enero de 1820, el Ejército Auxiliar vive las horas previas al motín. Bustos,
José María Paz, su comprovinciano, y el tucumano, Alejandro Heredia, están a
punto de asestar un golpe contra el centralismo porteño.
Arequito, un hecho significativo
El descontento estalla en la
Posta de Arequito, provincia de Santa Fe. “Las facciones que se han alternado
en Buenos Aires desde el 25 de mayo de
1810, arrebatándose el gobierno las unas a las otras, se creyeron todas
sucesoras legítimas del trono español, respecto de nosotros y con un derecho
ilimitado para mandarnos sin escuchar jamás nuestra voluntad”, expresa Bustos
en un oficio del 3 de febrero de 1820, dirigido a los gobernadores de Tucumán y
Salta sobre las razones del motín.
“Las armas de la Patria
distraídas del todo de su objeto principal ya no se empleaban sino en derramar
la sangre de sus conciudadanos, de los mismos
cuyo sudor y trabajo les
aseguraba la subsistencia”, continúa Bustos en el documento citado, transcripto
en “Juan Bautista Bustos. Una aproximación a
su figura a través de sus documentos” (Archivo Histórico de la Provincia
de Córdoba (Sección Gobierno, año 1820, tomo 69, folio 62).
“Una revolución federal”
“El gobierno central,
después de conquistar la Independencia, se había mostrado inhábil para
constituir la república democrática y hacer concurrir las fuerzas populares al
sostén de la autoridad, que nace de la ley libremente consentida”, afirma
Roberto Peña en el artículo “Juan Bautista
Bustos y el Federalismo doctrinario de Córdoba”.
Los cambios políticos
también se precipitan en Córdoba. Tras la renuncia del gobernador José Antonio
Castro, su sucesor, José Javier Díaz, un precursor de las ideas federales en
Córdoba, asume el cargo provisoriamente entre el 19 de enero y el 19 de marzo de
1820.
En “Juan Bautista Bustos en
el escenario nacional y provincial”, Carlos Segreti interpreta que en Córdoba
se produce una “revolución federal”. Segreti continúa: “El 15 de febrero
(1820), Díaz se dirige a los habitantes de la campaña convocándoles para que se
reúnan en las respectivas pedanías y elijan un compromisario (delegado) por
cada una de ellas; los compromisarios, a su vez, se reunirán en los respectivos
curatos y, en elección presidida por el juez, el cura y un vecino honrado
elegirán al representante que deberá dirigirse a la ciudad para declarar
solemnemente la independencia, designar gobernador titular y a los miembros de
la asamblea constituyente y legislativa, porque esta será la encargada de
dictar las leyes fundamentales y ordinarias”.
La asamblea soberana
El gobernador Díaz convoca a
una Asamblea de Representantes, la que queda conformada por diputados de la
Capital, Villa del Rosario, La Carlota y Río Cuarto, Río Tercero, Tercero
Arriba, Pocho, Tulumba, Río Seco, Santa Rosa de Calamuchita, Ischilín, San
Javier y Anejos, detalla Efraín U. Bischoff en “Autonomía de Córdoba”.
“José Javier Díaz incorpora
así al derecho público provincial cordobés el sufragio universal y obligatorio,
casi dos años antes que en Buenos Aires. Sufragio universal, porque puede votar
todo hombre de 20 años; obligatorio porque debía hacerse saber a todos”,
subraya Segreti.
Córdoba se declara
independiente
En efecto, la Asamblea
declara, el 18 de enero de 1820, el
nacimiento de un nuevo orden institucional: “la soberanía de esta provincia
reside en ella misma y por su representación en esta asamblea, entre tanto se
arregla su constitución; que como tal provincia libre y soberana, no reconoce
dependencia ni debe subordinación a otra; que mira como uno de sus principales
deberes la fraternidad y unión con todas y las más estrechas relaciones de
amistad con ellas, entre tanto reunidas todas en un congreso general, ajustan
los tratados de una verdadera federación, en paz y en guerra, a que aspira, de
conformidad con las demás; que concurrirá con todos sus esfuerzos y cuanto penda de sus recursos
a la guerra del enemigo de la libertad común, aun cuando no se haya organizado
la federación de las provincias, sirviéndole de bastante pacto obligatorio a
sostenerla por su parte, el honor de toda América, el suyo propio, la
fraternidad y más íntima unión que profesa a las provincias hermanas”.
El siguiente paso en la
consolidación de la autonomía de Córdoba acontecerá el 21 de marzo de 1820,
cuando la Asamblea Provincial elige por mayoría de votos a Juan Bautista Bustos
como gobernador de la provincia, cargo que el caudillo asumirá el 24 de marzo
de ese año.
El siguiente paso
trascendente en la vida institucional será dado en 1821, con la proclamación de
la primera constitución provincial. Bustos se convertirá entonces en el primer
gobernador constitucional de la provincia.
2da
parte: Córdoba construye su destino
“Di el paso que ha sellado
la libertad de las provincias de ese yugo ignominioso a que las tenían sujetas
las facciones de Buenos Aires”, Juan Bautista Busto en carta a Martín Miguel de
Güemes, año 1820.
Alfredo Terzaga, el
historiador nacido en Río Cuarto, sintetiza de esta forma el perfil del oficial
del ejército convertido en líder político: “Guerrero distinguido en la defensa
contra las Invasiones Inglesas, y durante las campañas de la Independencia,
Juan Bautista Bustos es también una de las figuras más representativas del
auténtico federalismo argentino. Durante su gobierno de Córdoba, que duró desde
1820 a fines de 1829, la provincia adquirió una definida personalidad
política”.
Una vez declarada su
autonomía, Córdoba da otro paso hacia un nuevo orden institucional, que va
dejando atrás definitivamente la herencia colonial, y se encamina a un destino
soberano.
La Asamblea de
Representantes elige por mayoría de votos, el 21 de marzo de 1820, a Juan
Bautista Bustos como primer gobernador constitucional de la provincia. Asumirá
el cargo días después, el 24 de marzo de ese año.
“El principio federativo imponía
la necesidad de intentar una organización constitucional; ésta fue una de las
grandes preocupaciones del gobierno”, afirma Enrique Martínez Paz en “La misión
histórica de Córdoba”.
En 1821, cuando Bustos
transita los primeros días de gobierno de Córdoba autónoma de las otras
provincias, José Gregorio Baigorrí y José Norberto de Allende presentan el
texto del Reglamento Provisorio para el Régimen y Administración de la
Provincia de Córdoba.
Derechos individuales
La primera constitución
“organizó los poderes públicos de la Provincia (…) Reconoció y aseguró los
derechos de la personalidad humana, organizó la fuerza militar, se preocupó de
la cultura pública y particularmente de proteger la antigua Universidad de la
ciudad capital, y dispuso que el Congreso de la Provincia nombrara una comisión
de tres individuos de su seno para que velara sobre la observancia del
Reglamento”, repasa Carlos Melo en “Constituciones de la Provincia de Córdoba”.
Para Efraín U. Bischoff, el
Reglamento es un “instrumento legal de valía, entre sus normas se dispone el
funcionamiento de dos cámaras -Representantes y Senadores-; el sufragio
universal; debía ser de cuatro años el período gubernativo; ser la religión
católica la del estado; asegurar los derechos del hombre como “la vida, la
honra, la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad”.
En su “Historia de Córdoba”,
el mismo Bischoff pondera el énfasis que los redactores del reglamento ponen en
la libertad de “publicar las ideas por la prensa, el impulso a la educación tanto
en el orden primario, como en la esfera universitaria, como así también la
decisión de afirmar el orden social”.
En “El gobernador Juan
Bautista Bustos y su lucha por la Constitución”, Prudencio Bustos Argañaraz
subraya el período de paz y de estabilidad institucional que se abre en Córdoba
con el gobierno de Bustos: “Esa estabilidad tuvo su piedra angular en la
sanción de la primera Constitución. A su amparo, Córdoba vivió una década de
armonía y prosperidad, en la que los derechos de los ciudadanos fueron
rigurosamente respetados. El sistema republicano de gobierno y la
democracia participativa rigieron por primera vez entre nosotros y sus
bases quedaron firmemente establecidas”, concluye.
En “Breve historia de
Córdoba”, Roberto Ferrero analiza la obra de gobierno de Bustos: “Realizó una
administración progresista e ilustrada, de dimensiones civilizatorias notables,
dada la época convulsionada en que vivía”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario