JUAN BAUTISTA BUSTOS



el primer gobernador constitucional de Córdoba

Por: Cultura Cba,  25 de Marzo de 2020

Con motivo del Bicentenario del primer Gobierno Provincial, desde la Agencia Córdoba Cultura hacemos un repaso por la vida de este prócer que luchó contra la invasión británica, forjó la Independencia nacional y encabezó una etapa crucial en la construcción de la soberanía de Córdoba.

Juan Bautista Bustos nace en el Valle de Punilla, en Córdoba, el 29 de agosto de 1779 y muere el 18 de septiembre de 1830 en Santa Fe.

1ra parte: Provincia de Córdoba, libre y soberana

 “Su aparición en el escenario público data de la época en que tuvo lugar la primera invasión inglesa (1806), en que nuestro prócer tenía 25 años de edad. Conocida en Córdoba la audaz agresión británica, que tan vivamente hería los sentimientos de fidelidad hacia la monarquía y las creencias religiosas de todos los pueblos del virreinato, el cabildo resolvió el reclutamiento y envío de tropas hacia la metrópoli”, narra Leopoldo Velasco en “Juan Bautista Bustos y los comienzos del Federalismo”.

Poco falta para el período de la emancipación en el que Bustos tendrá una actuación sobresaliente en el orden político y militar. En reconocimiento a su desempeño, el virrey Santiago de Liniers certificará que Juan Bautista Bustos se ha distinguido “tanto en las fatigas y esmero por disciplinar e instruir militarmente a la compañía de su mando cuanto a la liberalidad y erogaciones que impendió de su peculio y con ahorro de los Reales intereses para uniformarla; todo ello en fuerza de su amor al Real Servicio y a la Patria”, según una carta reproducida en el libro “Juan Bautista Bustos. Una aproximación a su obra a través de los documentos”, una publicación de la Secretaría de Cultura de la Provincia de Córdoba que reproduce documentos de Bustos.

Desobediencia anunciada
En septiembre de 1819, el general Manuel Belgrano cede a Francisco Fernández de la Cruz el cargo de general del Ejército Auxiliar del Perú. Luego visita a su pequeña hija, Manuela del Corazón de Jesús, nacida en Tucumán en mayo de ese año, y regresa a Buenos Aires, donde fallecerá el 20 de junio de 1820.
La entrega del mando del Ejército Auxiliar tiene lugar en un sitio histórico muy importante para Córdoba, como es la Capilla de Pilar. El oratorio es uno de los lugares que integran el conjunto de bienes culturales de la provincia. Recientemente, la capilla fue objeto de una profunda obra de restauración a cargo del Gobierno de Córdoba.

Un paso hacia la autonomía
Un acendrado sentimiento nacionalista congenia con un encendido afán por la liberación de los dominios españoles en América. Con el mismo patriotismo que Bustos combate la sombra del imperialismo británico, participa en el Cabildo Abierto de 1810, que destituye al virrey Cisneros y crea la Primera Junta de Gobierno.
La postura de Bustos en favor de la unidad nacional choca con la intensión del  poder central con asiento en Buenos Aires de utilizar el Ejército Auxiliar del Perú para reprimir conflictos con provincias hermanas, Santa Fe y Entre Ríos. En ese trance, el oficial del Ejército del Norte es capaz de desobedecer una orden del Director Supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, José Rondeau, en el sentido de defender a Buenos Aires de un ataque de Estanislao López y Francisco Ramírez, caudillos de Santa Fe y Entre Ríos, respectivamente.

En efecto, la noche del 7 de enero de 1820, el Ejército Auxiliar vive las horas previas al motín. Bustos, José María Paz, su comprovinciano, y el tucumano, Alejandro Heredia, están a punto de asestar un golpe contra el centralismo porteño.

Arequito, un hecho significativo
El descontento estalla en la Posta de Arequito, provincia de Santa Fe. “Las facciones que se han alternado en Buenos Aires desde el 25  de mayo de 1810, arrebatándose el gobierno las unas a las otras, se creyeron todas sucesoras legítimas del trono español, respecto de nosotros y con un derecho ilimitado para mandarnos sin escuchar jamás nuestra voluntad”, expresa Bustos en un oficio del 3 de febrero de 1820, dirigido a los gobernadores de Tucumán y Salta sobre las razones del motín.

“Las armas de la Patria distraídas del todo de su objeto principal ya no se empleaban sino en derramar la sangre de sus conciudadanos, de los mismos  cuyo  sudor y trabajo les aseguraba la subsistencia”, continúa Bustos en el documento citado, transcripto en “Juan Bautista Bustos. Una aproximación a  su figura a través de sus documentos” (Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba (Sección Gobierno, año 1820, tomo 69, folio 62).

“Una revolución federal”
“El gobierno central, después de conquistar la Independencia, se había mostrado inhábil para constituir la república democrática y hacer concurrir las fuerzas populares al sostén de la autoridad, que nace de la ley libremente consentida”, afirma Roberto Peña en el artículo “Juan  Bautista Bustos y el Federalismo doctrinario de Córdoba”.
Los cambios políticos también se precipitan en Córdoba. Tras la renuncia del gobernador José Antonio Castro, su sucesor, José Javier Díaz, un precursor de las ideas federales en Córdoba, asume el cargo provisoriamente entre el 19 de enero y el 19 de marzo de 1820.

En “Juan Bautista Bustos en el escenario nacional y provincial”, Carlos Segreti interpreta que en Córdoba se produce una “revolución federal”. Segreti continúa: “El 15 de febrero (1820), Díaz se dirige a los habitantes de la campaña convocándoles para que se reúnan en las respectivas pedanías y elijan un compromisario (delegado) por cada una de ellas; los compromisarios, a su vez, se reunirán en los respectivos curatos y, en elección presidida por el juez, el cura y un vecino honrado elegirán al representante que deberá dirigirse a la ciudad para declarar solemnemente la independencia, designar gobernador titular y a los miembros de la asamblea constituyente y legislativa, porque esta será la encargada de dictar las leyes fundamentales y ordinarias”.

La asamblea soberana
El gobernador Díaz convoca a una Asamblea de Representantes, la que queda conformada por diputados de la Capital, Villa del Rosario, La Carlota y Río Cuarto, Río Tercero, Tercero Arriba, Pocho, Tulumba, Río Seco, Santa Rosa de Calamuchita, Ischilín, San Javier y Anejos, detalla Efraín U. Bischoff en “Autonomía de Córdoba”.
“José Javier Díaz incorpora así al derecho público provincial cordobés el sufragio universal y obligatorio, casi dos años antes que en Buenos Aires. Sufragio universal, porque puede votar todo hombre de 20 años; obligatorio porque debía hacerse saber a todos”, subraya Segreti.

Córdoba se declara independiente
En efecto, la Asamblea declara, el 18 de  enero de 1820, el nacimiento de un nuevo orden institucional: “la soberanía de esta provincia reside en ella misma y por su representación en esta asamblea, entre tanto se arregla su constitución; que como tal provincia libre y soberana, no reconoce dependencia ni debe subordinación a otra; que mira como uno de sus principales deberes la fraternidad y unión con todas y las más estrechas relaciones de amistad con ellas, entre tanto reunidas todas en un congreso general, ajustan los tratados de una verdadera federación, en paz y en guerra, a que aspira, de conformidad con las demás; que concurrirá con todos  sus esfuerzos y cuanto penda de sus recursos a la guerra del enemigo de la libertad común, aun cuando no se haya organizado la federación de las provincias, sirviéndole de bastante pacto obligatorio a sostenerla por su parte, el honor de toda América, el suyo propio, la fraternidad y más íntima unión que profesa a las provincias hermanas”.

El siguiente paso en la consolidación de la autonomía de Córdoba acontecerá el 21 de marzo de 1820, cuando la Asamblea Provincial elige por mayoría de votos a Juan Bautista Bustos como gobernador de la provincia, cargo que el caudillo asumirá el 24 de marzo de ese año.
El siguiente paso trascendente en la vida institucional será dado en 1821, con la proclamación de la primera constitución provincial. Bustos se convertirá entonces en el primer gobernador constitucional de la provincia.

2da parte: Córdoba construye su destino

“Di el paso que ha sellado la libertad de las provincias de ese yugo ignominioso a que las tenían sujetas las facciones de Buenos Aires”, Juan Bautista Busto en carta a Martín Miguel de Güemes, año 1820.
Alfredo Terzaga, el historiador nacido en Río Cuarto, sintetiza de esta forma el perfil del oficial del ejército convertido en líder político: “Guerrero distinguido en la defensa contra las Invasiones Inglesas, y durante las campañas de la Independencia, Juan Bautista Bustos es también una de las figuras más representativas del auténtico federalismo argentino. Durante su gobierno de Córdoba, que duró desde 1820 a fines de 1829, la provincia adquirió una definida personalidad política”.

Una vez declarada su autonomía, Córdoba da otro paso hacia un nuevo orden institucional, que va dejando atrás definitivamente la herencia colonial, y se encamina a un destino soberano.
La Asamblea de Representantes elige por mayoría de votos, el 21 de marzo de 1820, a Juan Bautista Bustos como primer gobernador constitucional de la provincia. Asumirá el cargo días después, el 24 de marzo de ese año.
“El principio federativo imponía la necesidad de intentar una organización constitucional; ésta fue una de las grandes preocupaciones del gobierno”, afirma Enrique Martínez Paz en “La misión histórica de Córdoba”.

En 1821, cuando Bustos transita los primeros días de gobierno de Córdoba autónoma de las otras provincias, José Gregorio Baigorrí y José Norberto de Allende presentan el texto del Reglamento Provisorio para el Régimen y Administración de la Provincia de Córdoba.

Derechos individuales
La primera constitución “organizó los poderes públicos de la Provincia (…) Reconoció y aseguró los derechos de la personalidad humana, organizó la fuerza militar, se preocupó de la cultura pública y particularmente de proteger la antigua Universidad de la ciudad capital, y dispuso que el Congreso de la Provincia nombrara una comisión de tres individuos de su seno para que velara sobre la observancia del Reglamento”, repasa Carlos Melo en “Constituciones de la Provincia de Córdoba”.

Para Efraín U. Bischoff, el Reglamento es un “instrumento legal de valía, entre sus normas se dispone el funcionamiento de dos cámaras -Representantes y Senadores-; el sufragio universal; debía ser de cuatro años el período gubernativo; ser la religión católica la del estado; asegurar los derechos del hombre como “la vida, la honra, la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad”.
En su “Historia de Córdoba”, el mismo Bischoff pondera el énfasis que los redactores del reglamento ponen en la libertad de “publicar las ideas por la prensa, el impulso a la educación tanto en el orden primario, como en la esfera universitaria, como así también la decisión de afirmar el orden social”.

En “El gobernador Juan Bautista Bustos y su lucha por la Constitución”, Prudencio Bustos Argañaraz subraya el período de paz y de estabilidad institucional que se abre en Córdoba con el gobierno de Bustos: “Esa estabilidad tuvo su piedra angular en la sanción de la primera Constitución. A su amparo, Córdoba vivió una década de armonía y prosperidad, en la que los derechos de los ciudadanos fueron rigurosamente respetados. El sistema republicano de gobierno y la democracia  participativa  rigieron por primera vez entre nosotros y sus bases quedaron firmemente establecidas”, concluye.

En “Breve historia de Córdoba”, Roberto Ferrero analiza la obra de gobierno de Bustos: “Realizó una administración progresista e ilustrada, de dimensiones civilizatorias notables, dada la época convulsionada en que vivía”.



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